Residencia y visadopara inversores

Residencia y visadopara emprendedores

Residencia y visado para profesionales altamente cualificados.

Residencia y visado para investigadores

Residencia y visados profesionales sujetos a movimientos interempresariales

Residencia y visado para familiares en los supuestos anteriores


Residencia y visado para inversores

Si ha realizado o está pensando en realizar una inversión (empresarial, inmobiliaria o en activos financieros) significativa en España le tramitamos la autorización de residencia como inversos para usted y sus familiares en un plazo máximo de 20 días hábiles.

Residencia y visado para emprendedores

Gestionamos de forma integral para aquellos ciudadanos extranjeros que pretendan desarrollar una actividad emprendedora y empresarial, de carácter innovador que tenga especial interés económico para España, podrá ser en forma de visado o de autorización.

Residencia y visado para profesionales altamente cualificados.

Nos encargamos del proceso destinado a obtener una autorización de residencia o visado para los profesionales extranjeros con una oferta de trabajo en España para el desarrollo de una relación laboral o profesional en un puesto directivo o actividad para la que se requiera contar con cualificación de enseñanza superior o, excepcionalmente, se acredite un mínimo de tres años de experiencia profesional que pueda considerarse equiparable a dicha cualificación.

Residencia y visado para investigadores

Tramitamos y gestionamos el proceso para conseguir la autorización o visado de aquellos extranjeros que desean desarrollar actividades de formación, investigación, desarrollo e innovación en entidades públicas o privadas establecidas en España y que cuentan con una oferta para desarrollar esa actividad.

Residencia y visados profesionales sujetos a movimientos interempresariales

Gestionamos las autorizaciones y visados de ciudadanos extranjeros que se desplazan temporalmente a España desde una empresa exterior a una empresa o grupo de empresas establecida en España.

Residencia y visado para familiares en los supuestos anteriores

Tramitamos de forma simultánea o posterior a la autorización de residencia o visado del titular, las autorizaciones de residencia o visado de sus familiares. Se consideran familiares de los titulares: el cónyuge o persona con análoga relación de afectividad, los hijos menores de edad o mayores que dependan económicamente del titular, y también los ascendientes a cargo del titular.